Comisión Europea acoge con beneplácito medidas antimonopolio

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La Comisión Europea acoge con satisfacción la actual adopción formal por el Consejo de Ministros de una propuesta de la Comisión de la UE de Directiva sobre acciones de daños antimonopolio. La Directiva ayudará a los ciudadanos y a las empresas que reclaman daños y perjuicios si son víctimas de infracciones de las normas antimonopolio de la UE, como los cárteles o abusos de posiciones dominantes en el mercado. Entre otras cosas, se le dará a las víctimas un acceso más fácil a la evidencia que necesitan para probar el daño sufrido y más tiempo para presentar sus reclamaciones. La Directiva está diseñado para lograr una aplicación más efectiva de las normas antimonopolio de la UE en general: será afinar la interacción entre daños y perjuicios privadas y la aplicación pública y preservar el atractivo de los instrumentos utilizados por las autoridades europeas y nacionales de la competencia, en particular, sobre la cooperación y programas de asentamiento. En abril, el Parlamento Europeo ya había aprobado un texto de compromiso de la propuesta inicial de la Comisión. Se espera que la Directiva debe ser firmado formalmente durante la sesión plenaria del Parlamento a finales de noviembre. Los Estados miembros dispondrán de dos años para ponerla en práctica.
La Comisaria de la UE responsable de la política de competencia Margrethe Vestager dijo, “Necesitamos una cultura de la competencia más fuerte en Europa. Así que estoy muy contento de que ahora el Consejo también ha aprobado formalmente la Directiva sobre acciones de daños antimonopolio. Estoy muy contento de que será más fácil para los ciudadanos y las empresas europeas a recibir una compensación efectiva por los daños causados ​​por violaciónes antimonopolio “.
El Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido el derecho de las víctimas de las infracciones antimonopolio a ser indemnizados por los daños sufridos. Sin embargo, debido a los obstáculos procesales nacionales y la inseguridad jurídica, sólo pocas víctimas actualmente obtener una indemnización. Por otra parte, las normas nacionales son ampliamente divergentes en toda Europa y, como consecuencia, las posibilidades de que las víctimas obtengan una indemnización depende en gran medida de que Estado miembro les ha tocado vivir en.
Principales mejoras introducidas por la Directiva son:
Los tribunales nacionales pueden pedir a las empresas a revelar evidencia cuando las víctimas reclamar una indemnización. Los tribunales se asegurarán de que tales órdenes de divulgación son proporcionadas y que la información confidencial esté debidamente protegidos.
La decisión final de una autoridad nacional de competencia que declara una infracción constituirá automáticamente una prueba de que la infracción ante los tribunales del mismo Estado miembro en el que se cometió la infracción.
Las víctimas tendrán por lo menos un año para reclamar daños y perjuicios una vez que una decisión de infracción por una autoridad de competencia se ha convertido en definitiva.
Si una infracción ha causado aumentos de precios y éstos han sido “transmitido” a lo largo de la cadena de distribución, los que sufrieron el daño, al final tendrá derecho a reclamar una indemnización.
Asentamientos consensuales entre las víctimas y las empresas infractoras se harán más fácil mediante la aclaración de su interacción con las acciones judiciales. Esto permitirá una resolución más rápida y menos costosa de las controversias.
Daña las acciones privadas ante los tribunales y la aplicación pública de las normas de defensa de la competencia de las autoridades de competencia son herramientas complementarias. La Directiva tiene por objeto poner a punto la interacción entre ellos y para garantizar que, si bien las víctimas están totalmente compensados, se conserva el papel clave de las autoridades de competencia en la investigación de las infracciones y de sanción. En particular, la cooperación entre las empresas y las autoridades de competencia en virtud de los denominados programas de “clemencia” juega un papel clave en la detección de infracciones. Por ello, la Directiva contiene salvaguardias para garantizar que la facilitación de daños y perjuicios no reduce los incentivos de las empresas a cooperar con las autoridades de competencia (véase MEMO / 14/310 ).
Pasos siguientes
Se espera que la Directiva debe ser firmado formalmente durante la sesión plenaria del Parlamento a finales de noviembre. A continuación, se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor 20 días después de su publicación. Los Estados miembros dispondrán de dos años para ponerla en práctica.
La Comisión proactivamente asistir a los Estados Miembros en sus esfuerzos de implementación. Por otra parte, como es requerido por la Directiva y para ayudar a los tribunales y los partidos nacionales a las acciones de daños antimonopolio, la Comisión elaborará directrices sobre la repercusión de sobrecargos.
La Comisión revisará la Directiva y presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo en seis años a partir de la entrada en vigor.
2013 de la Comisión de Recomendación sobre el recurso colectivo también invitó a los Estados miembros a introducir en julio 2015 las acciones colectivas, incluidas las acciones por daños y perjuicios, de acuerdo con los principios establecidos en la Recomendación. La disponibilidad de las acciones de daños y perjuicios colectivos es particularmente importante para los consumidores perjudicados por violaciónes antimonopolio. Dado que la Directiva se aplica a cualquier acción que daña en el campo de defensa de la competencia, que se aplica también a las acciones colectivas en los Estados miembros en los que están disponibles.