Brasil: Tribunal Supremo suspende la parte del decreto de indulto que podría dejar libres a corruptos

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La presidenta del Tribunal Supremo (STF) de Brasil, ministra Carmen Lucía / Foto Marcelo Camargo/Agência Brasil)
La presidenta del Tribunal Supremo (STF) de Brasil, ministra Carmen Lucía, suspendió ayer (28) el decreto de indulto de Navidad, firmado por el presidente Michel Temer el pasado viernes (22), teniendo en cuenta su inconstitucionalidad. La decisión responde a la solicitud de la oficina de la fiscal general, Rachel Dodge, quien cuestionó la legalidad del decreto presidencial que dejó reglas menos estrictas para el perdón de los condenados por crímenes cometidos sin violencia o amenazas, como la corrupción y el lavado de dinero.
“Indulto no es ni puede ser instrumento de impunidad. Es providencia garantizadora, en un sistema constitucional y legal en que la ejecución de la pena definida a los condenados sea la regla, pueda, en situaciones específicas, excepcionales y no demolidoras del proceso penal, permitir la extinción de la pena por la superación de medida humanitaria “, Afirmó Carmen Lúcia al acatar la petición de la PGR.
“Indulto no es premio al criminal ni tolerancia al crimen. No puede ser acto de benemerencia o complacencia con el delito, sino perdón al que, habiéndolo practicado y por él respondido en parte, puede volver a reconciliarse con el orden jurídico puesto “, añadió Carmen Lúcia en otro trecho de la decisión.
La decisión de la presidenta del STF suspende los artículos 8, 10 y 11, además de parte de los artículos 1 y 2 del decreto de Temer. Carmen Lúcia resalta que si los dispositivos no son suspendidos inmediatamente, el indulto se transforma “en indolencia con el crimen e insensibilidad con la aprehensión social que cree en el derecho de una sociedad justa y en la que el error es castigado y el derecho respetado”.
Para Carmen Lúcia, el decreto de indulto navideño también es inconstitucional por incurrir en desviación de propósito. “Como la desviación de propósito hace nulo el acto administrativo, corresponde al Supremo Tribunal Federal, en la forma pleiteada por el Ministerio Público Federal, hacer el control de constitucionalidad del documento normativo, general y abstracto como el que es objeto de la presente acción.
Además, según la presidenta del STF, con el decreto, Temer invadió competencia del Poder Judicial y del Legislativo, lo que hiere el principio constitucional de la separación de los Poderes.
“Se muestra plausible, aún, la alegación de afrenta al principio de proporcionalidad, vinculada a la prohibición de negar la protección suficiente y necesaria de tutela al bien jurídico acogido en el sistema para garantizar el proceso penal. Tanto se comprueba por la circunstancia de que los dispositivos impugnados parecen sustituir la norma penal garantizadora de la eficacia del proceso, afrontando la finalidad y superando los límites del indulto. Se invade, así, competencia típica y primaria de los poderes Legislativo y Judicial “.
El Ministerio de Justicia informó que estudia “una forma de hacer que el indulto alcance a los brasileños excluidos por la liminar” expedida por la ministra Carmen Lúcia.
En un artículo publicado en el diario O Globo , el Ministro de Justicia, Torquato Jardim, defendió el decreto y atacó a los críticos de la medida. El ministro calificó las críticas al texto como “omisiones” y que “configuran mala fe o ignorancia” e “imputa maliciosamente al decreto propósitos incluso de ilicitud y manipulación”.
Agencia Brasil.-