Bolivia: La oposición pide al TSE que anule la reelección de Evo Morales por ser ilegal

Carta al Tribunal Electoral señala que la habilitación usurpa funciones del Poder Constituyente porque aplica la reelección indefinida a favor de autoridades que desempeñaron los cargos de Presidente y Vicepresidente del Estado por tres veces consecutivas, cuando ésta figura constitucional no está incorporada en el texto de la Constitución

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García Linera el exvicepresidente y Evo Morales inhabilitados para ser candidatos en 2025 (Foto MC)

El ex presidente de Bolivia y actual candidato a las presidenciales de 2019, Carlos D. Mesa, con su movimiento Comunidad Ciudadana, ha presentado un petitorio al Tribunal Superior Electoral (TSE) para que se respete la Constitución y se inhabilite la nueva postulación de Evo Morales a la presidencia y García Linera a la vicepresidencia, ya que el pueblo boliviano le dijo no a esa reelección en referendos populares

La carta enviada al máximo tribunal electoral, expresa: “La decisión de la habilitación de este binomio del MAS – IPSP está jurídicamente viciada de nulidad absoluta, porque atenta contra la soberanía del pueblo expresada en dos procesos constituyentes que, respectivamente, culminaron con el Referendo de febrero de 2009 y el Referendo de 21 de febrero de 2016. La citada habilitación viola la prohibición específica de más de una reelección establecida en el artículo 168 de la CPE, que se encuentra plenamente vigente, y usurpa funciones del Poder Constituyente que es la única instancia competente del Estado para incorporar la reelección indefinida en el texto de la Constitución”.

Luego señala: “La habilitación del binomio del MAS – IPSP para las elecciones primarias y generales de 2019, usurpa funciones del Poder Constituyente porque aplica la reelección indefinida a favor de autoridades que desempeñaron los cargos de Presidente y Vicepresidente del Estado por tres veces consecutivas, cuando ésta figura constitucional no está incorporada en el texto de la Constitución. La propuesta de modificar dicha restricción constitucional, fue rechazada por el pueblo soberano en el Referendo del 21 de febrero de 2016. Dicha usurpación de funciones genera nulidad absoluta de acuerdo al artículo 122 de la CPE”.