Piñera promulgó ley que crea un beneficio para trabajadores independientes afectados por Covid-19

En este sentido para obtener la ayuda se debe haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en, por lo menos, seis meses dentro de los 24 previos

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El presidente de Chile, Sebastián Piñera promulgó la ley que crea un beneficio para los trabajadores independientes que han visto afectadas sus finanzas e ingresos por el confinamiento obligatorio para combatir el Covid-19 en la nación austral, de manera de  apoyarlos y entregarles la liquidez que necesitan para hacer frente a la contingencia.

La ley contempla un subsidio que cubrirá un 70% de la caída de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500 (US 391 aprox); de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000 ( US 489); y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000 (US 611). En todos estos casos, el tope de subsidio será $100.000 mensuales (US 122 aprox).

“Chile es una familia y ninguna familia deja sola o desamparada a ninguno de sus integrantes. Por eso quiero ratificar el firme compromiso de acompañar y ayudar a todos y todas las personas y las familias que requieren ayuda en estos tiempos de emergencia”, señaló.

El Jefe de Estado explicó que para poder acceder a este beneficio los trabajadores independientes tienen que solicitarlo en el Servicio de Impuestos Internos (SII), quien será la entidad encargada de verificar la veracidad de los datos entregados por el trabajador

En este sentido para obtener la ayuda se debe haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en, por lo menos, seis meses dentro de los 24 previos. A su vez es requisito que, en el mes respecto del cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios hayan disminuido en al menos un 30% respecto del promedio mensual de dichas rentas obtenidas en los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020.

El beneficio es mensual en dinero por hasta tres meses –continuos o discontinuos– que se podrá cobrar dentro de los seis meses siguientes al 1° de mayo de 2020.

1 Comentario

  1. hola…. que pasa con los independientes que emitimos boletas de honorarios de papel…. en mi caso yo siempre he realizado boletas de honorarios de papel…nunca he realizado boletas electrónicas….. y desde marzo que no he tenido renta… ya que he tenido que cerrar mi peluquería…. y de eso yo vivo…. por favor una orientación…. se les agradecería mucho….

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