Luis Bárcenas puede salir de la cárcel si paga una fianza de 200.000 euros

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España, ha estimado parcialmente el recurso del extesorero y exsenador del PP Luis Bárcenas contra su prisión incondicional y le ha impuesto una fianza de 200.000 euros, que deberá depositar para abandonar el centro penitenciario de Soto del Real.
La sala le impone también, para cuando sea excarcelado, la obligación de comparecer en el Juzgado Central de Instrucción numero 5 los lunes, miércoles y viernes, la designación de domicilio y la prohibición de abandonar el territorio nacional. Además, se mantiene la retirada de pasaporte.
Los magistrados han tenido en cuenta que, en este momento, la investigación de la pieza “Época l” del “caso Gürtel” está concluida, y han considerado que, con la investigación prácticamente agotada, existen otras medidas cautelares que pueden mitigar la medida de prisión incondicional acordada hace 19 meses.
La sala pondera los delitos que se imputan a Bárcenas y el largo tiempo transcurrido en prisión preventiva, próximo a los dos años, “lo que debemos armonizar con el pleno arraigo del apelante en España y su carencia de antecedentes penales, lo que disminuye el riesgo de huida”.
Los magistrados estiman que este planteamiento no es contradictorio con los escritos de acusación presentados recientemente- en los que se solicitan más de 40 años de prisión para Bárcenas- si se tiene en cuenta “el carácter ambivalente otorgado por la jurisprudencia al transcurso del tiempo en situación de prisión preventiva, aquí apreciado a favor del imputado”.
Para fijar la fianza, la sala ha tenido en cuenta los requisitos que fija la doctrina jurisprudencial sobre la naturaleza del delito, el estado social y antecedentes del imputado y las demás circunstancias que pudieran influir en el mayor o menor interés de este para ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial.
La cantidad de 200.000 euros se considera acorde y proporcionada con los intereses en liza y la situación de otros imputados, ya que concilia la natural y lógica pretensión de libertad con la garantía de evitar su fuga y la ocultación de posibles fuentes de prueba que no hayan sido todavía obtenidas, “teniendo presentes las graves responsabilidades que, de manera provisional, recaen sobre la conducta del apelante”.
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2015-01-20 Auto fianza Barcenas